Las modificaciones en la Reforma Fiscal para 2016 se traducirán en mayores beneficios para personas físicas y morales, particularmente en cuando al monto de las deducciones en su declaración anual.
Los principales cambios a favor de los contribuyentes incluyen conceptos como el límite al monto total a deducir, gastos médicos, aportaciones específicas, gastos en efectivo, compra de bienes como automóviles y activos fijos como bienes inmuebles, por mencionar los rubros más importantes.
De acuerdo Luis Manuel Pérez de Acha, Socio Director del despacho fiscal Pérez de Acha, Ibarra de Rueda y Asociados, estos cambios son positivos en cuanto a políticas fiscales. “Atrás de ello está el reconocimiento de agilizar algunos de los esquemas que se habían establecido en 2014 y se seguían arrastrando en 2015, como el tope a las deducciones personales”, dijo.
En lo referente a pequeñas y medianas empresas (pymes), así como a emprendedores, se cuentan con beneficios adicionales en la deducción de la participación de los trabajadores en las utilidades (PTU), gastos en efectivo y exención de Impuesto Sobre la Renta (ISR) para pymes del sector primario. Adicionalmente, uno de los cambios más importantes tiene que ver con el acceso a créditos, en el que existían mayores restricciones.
Para Sara Barajas, especialista en contabilidad y finanzas del Tec de Monterrey, este año se reducirán las restricciones para el acceso al crédito, factor que beneficiará su obtención de financiamiento. “Hay que tomar en cuenta que la mayoría de las empresas son pymes y las empresas grandes no tienen realmente restricciones”, señaló.
Entre los conceptos que se verán beneficiados por estas modificaciones se encuentran:
1. Límite de deducciones personales
Hasta 2015, las deducciones personales tenían un límite de 4 salarios mínimos anuales o el 10% de los ingresos del contribuyente. Para 2016, aumentó a 5 salarios mínimos anuales o a 15% del ingreso del contribuyente, lo que resulte menor.
2. Compra de automóviles nuevos
El monto máximo a deducir tenía un límite en 2015 de 130,000 pesos. Este año, el monto aumenta a 175,000 pesos, ya sea que el auto se haya adquirido de contado o a crédito.
3. Aportaciones voluntarias para el retiro
4. Exención por la venta de casa habitación
Esta se otorgaba por cada 5 años y se redujo a cada 3 años.
5. Gastos médicos por incapacidad
En caso de contar con un familiar enfermo, incapacitado para trabajar o con alguna discapacidad, todo gasto médico será deducible en un 100%.
6. Participación de los trabajadores en las utilidades
Este es un beneficio para personas físicas con actividad empresarial. En años anteriores, podían deducir PTU solamente del ejercicio anterior, es decir, de la declaración de 2014 se deducía la participación de 2013. A partir de este año, se podrá deducir el PTU del mismo ejercicio.
7. Actividades específicas
Personas físicas dedicadas a actividades primarias como agricultura y ganadería, están exentos del pago de ISR hasta por un monto equivalente a un salario mínimo anual, siempre y cuando sus ingresos no rebasen 8 salarios mínimos al año.
8. Gastos en efectivo
Las personas morales tenían un tope para deducir sus gastos en efectivo hasta 2,000 pesos; a partir de 2016, ese monto se incrementa hasta 5,000 pesos.
9. Deducción inmediata de inversiones en bienes de activo fijo
Aplica tanto para personas físicas con actividad empresarial como para personas morales y para todos los bienes inmuebles en el país.
Cabe mencionar que la mayoría de estos beneficios están enfocados a personas físicas más que a morales, mencionó Pérez de Acha. “Es un reconocimiento a las deducciones de pequeños contribuyentes, muy importante este aspecto.”
Por otro lado, a partir de este año todas las empresas están obligadas a presentar facturas electrónicas, ya que durante 2015 se hicieron algunas excepciones a personas morales que facturaran hasta cuatro millones de pesos, pero a partir de este año será necesaria la adopción de la contabilidad electrónica.
“El beneficio que le ve Hacienda es que dejará de emplear algunos documentos, como las constancias de retenciones. Prácticamente ya tiene todo bajo sus ojos y lo puede checar en cualquier momento”, explicó Barajas.
A su vez, continúan deducciones como colegiaturas, seguros de gastos médicos mayores, gestos funerarios hasta por un monto de un salario mínimo anual, donativos equivalentes hasta 7% de los ingresos, así como gastos médicos diversos como lentes y equipo, en los que se incluye el IVA.
fuente msn.com